Día Internacional de la Liberación Sexual

jueves, 28 de junio de 2012



Hoy, 28 de junio, día por la liberación sexual, tenemos una nueva cita en la lucha contra cualquier tipo de discriminación por opción sexual, lucha que también debe estar presente en los centros de trabajo. 

La crisis económica está siendo utilizada y manipulada para aumentar el poder patronal, así como para fomentar todo tipo de actitudes de rechazo y de odio hacia todo aquello que no responda a criterios de normalidad. 
De esta manera, el contexto actual es el terreno abonado para seguir profundizando en la discriminación laboral derivada del no respeto a la diversidad sexual o identidad de género, reprimiendo su visibilizacion, dificultando la extensión de derechos (permisos y licencias) e impidiendo la introducción de dinámicas que pongan freno al acoso por motivos de orientación sexual.

Desde LAB queremos demostrar nuestro apoyo y nuestro compromiso en la defensa de la diversidad sexual en el medio laboral, como un elemento más que promueva y enriquezca la transformacion social y política que necesita y demanda Euskal Herria. 

En este sentido, LAB se compromete a llevar adelante acciones, medidas y propuestas normalizadoras que promuevan el abordaje de la diversidad afectivo-sexual, sin discriminaciones en los centros de trabajo, para garantizar la igualdad de todos los derechos de los trabajadores y trabajadoras, sin aceptar ningún tipo de rechazo por motivos de opción sexual. 

Bajas por enfermedad durante las vacaciones son recuperables, según Tribunal de Justicia de la Unión Europea

jueves, 21 de junio de 2012

El trabajador que se pone enfermo durante las vacaciones anuales retribuidas tiene derecho a recuperar los días de descanso, según una sentencia dictada hoy por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE).

"Un trabajador cuya incapacidad laboral temporal haya sobrevenido durante sus vacaciones anuales retribuidas tiene derecho a disfrutar posteriormente de un período de vacaciones de duración equivalente al de su enfermedad", explica un comunicado del Tribunal.

La sentencia se refiere a un litigio entre varios sindicatos y la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (ANGED).

Los sindicatos presentaron varias demandas ante los tribunales españoles para que se reconociera el derecho de los trabajadores sujetos al convenio colectivo de grandes almacenes a disfrutar de sus vacaciones anuales retribuidas incluso cuando éstas coincidan con períodos de bajas por incapacidad laboral temporal.

ANGED se opuso, al considerar que los trabajadores en esa situación no pueden disfrutar de esos días en un momento posterior, salvo que se trate de las situaciones expresamente contempladas en la normativa nacional.

En España, los períodos de vacaciones deben fijarse de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, conforme a lo que dispongan, en su caso, los convenios colectivos.
Cuando las vacaciones coinciden con un período de incapacidad temporal derivada del embarazo, del parto o de la lactancia natural, la legislación española reconoce el derecho a disfrutar posteriormente de las vacaciones que se solapen con la baja.

Sin embargo, la legislación española no regula los casos en que el período de vacaciones coincide con un período de incapacidad temporal derivada de una baja por enfermedad.

El Tribunal Supremo se dirigió al Tribunal de Justicia de la UE para aclarar si la directiva comunitaria sobre la ordenación del tiempo de trabajo se opone a la normativa española.
En su sentencia dictada hoy, los jueces europeos concluyen que, efectivamente, la legislación española se opone a la europea.

El Tribunal de Justicia recuerda que el derecho a las vacaciones anuales retribuidas es un principio del derecho social "de especial importancia" y que el derecho a las vacaciones está expresamente reconocido por la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.

Por otra parte, destaca que la finalidad del derecho a vacaciones anuales consiste en permitir que los trabajadores descansen y dispongan de un período de ocio y esparcimiento.
"Tal finalidad difiere de la correspondiente al derecho a causar baja por enfermedad, que permite a los trabajadores recuperarse de una enfermedad que ha causado una incapacidad laboral", dice el comunicado.

La sentencia precisa además que el trabajador tiene derecho a disfrutar de sus vacaciones anuales retribuidas coincidentes con un período de baja por enfermedad en un período posterior, con independencia del momento en que haya sobrevenido esa incapacidad laboral.

"Sería aleatorio y contrario a la finalidad del derecho a las vacaciones anuales retribuidas conceder ese derecho al trabajador únicamente a condición de que este último ya se encuentre en situación de incapacidad laboral cuando se inicie el período de vacaciones anuales retribuidas" indica la sentencia.

En este contexto, el Tribunal recuerda que la recuperación del nuevo período de vacaciones del que el trabajador puede disfrutar una vez dado de alta médica, puede fijarse fuera del período de referencia de las vacaciones anuales en cuestión.



Entregan 51.000 firmas contra la apertura de comercios en festivos

miércoles, 20 de junio de 2012



Los sindicatos ELA, LAB, CCOO Y UGT han entregado esta mañana en la sede de del Gobierno de Lakua en Bilbo más de 51.000 firmas para impedir la apertura de los comercios en domingos y festivos.

La portavoz de Comercio de LAB, Ziortza Amestoi, ha explicado ante los medios que los cuatro sindicatos «exigen» que se prohíba abrir en domingos y festivos, para poder así mantener las actuales condiciones laborales del sector, «que ya de por sí son precarias».

Los sindicatos han indicado que la regulación actual permite abrir todos los días del año y que ello «va a suponer el cierre de muchas tiendas y pequeños comercios». Por ello, han instado al Gobierno de Lakua a que cambie la ley para hacer frente «al consumo desenfrenado que pretenden imponer las grandes cadenas».

Domingos para el ocio, no para el negocio!!

Jai egunetan, denol jai!! Aqui 0