Carrefour Market:¡ Alfredo, NO me robes!

viernes, 17 de mayo de 2013


En la Sección Sindical de    LAB hemos tenido varias consultas de trabajadoras de la sucursal de Zabalburu en relación con el tiempo que necesitamos para ir al médico. Parece ser que el  gerente de esta sucursal, Alfredo Del Palacio, ha informado a varias trabajadoras de que tienen que recuperar este tiempo y que no es necesario un justificante.

Una vez más, el gerente de la sucursal de Zabalburu quiere quitarnos nuestros derechos con una actuación que nos parece muy grave. Según nuestro convenio, en su artículo 35, el trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a percibir el salario base o salario base personal, más los complementos personales por el tiempo preciso, y con justificación del mismo con el correspondiente visado del facultativo, cuando, por razón de enfermedad el trabajador precise asistencia a consultorio médico en horas coincidentes con su jornada laboral”.


A LAB nos parece muy grave que se les diga a los trabajadores y trabajadoras que no es necesario el justificante médico, ya que la no justificación de una ausencia laboral es una falta muy grave que puede conllevar incluso el despido. ¿Qué pretende el gerente de la sucursal de Zabalburu, Alfredo Del Palacio?
Dicho esto, queremos recordaros los permisos y licencias que tenemos con derecho a percibir nuestro salario base más los complementos personales.

Licencias retribuidas.

I. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a percibir el salario base o salario base personal, más los complementos personales, por los motivos y el tiempo siguiente:

 A) Por el tiempo preciso, y con justificación del mismo con el correspondiente visado del facultativo, cuando, por razón de enfermedad el trabajador precise asistencia a consultorio médico en horas coincidentes con su jornada laboral.


B) Quince días naturales en caso de matrimonio.

C) Hasta tres días por el accidente grave u hospitalización de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad no contemplados en el apartado siguiente. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de hasta cinco días.

D) Tres días en los casos de nacimiento de hijo, enfermedad grave diagnosticada por el facultativo, o fallecimiento de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando, por tal motivo, el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cinco días. El permiso será de dos días en caso de intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando, por tal motivo, el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.

E) Un día por traslado del domicilio habitual.

F) Un día por matrimonio de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.

G) Las horas precisas para asegurar la concurrencia a exámenes finales de los trabajadores, cuando estos cursen estudios de carácter oficial o académico. En tales casos, deberán aportar la justificación administrativa que avale su solicitud.

H) Anualmente los trabajadores podrán disfrutar de un máximo de cinco días de licencia retribuida de entre los siguientes supuestos:

1. Hasta dos días por nacimiento de hijo o por fallecimiento de cónyuge o de hijos, o por fallecimiento de hermanos y padres por consanguinidad, que podrán acumularse a lo establecido en el apartado D) del presente artículo hasta un máximo de cinco días en total.

2. Un día al año para la asistencia a la firma de escrituras públicas, siempre que el trabajador deba hacerlo personalmente y coincida con su horario de trabajo.

3. Hasta un máximo de 6 horas anuales, con justificación y acreditación del tiempo empleado, con el correspondiente visado facultativo, para acompañar a hijos menores de 14 años a visita médica no previsible en horas coincidentes con el horario de trabajo.

4. Un día por matrimonio del trabajador, acumulable al supuesto del apartado B) anterior.

5. Un día para la realización del examen para la obtención por primera vez del permiso de conducir siempre que coincida con el horario de trabajo del trabajador. Este permiso es para el actual permiso de conducción de vehículos B, o el que le sustituyera en el futuro, y a tal efecto la licencia cubrirá todos los exámenes que, coincidiendo con la jornada laboral del trabajador, entren dentro de las pruebas correspondientes sólo a la primera tasa de exámenes abonada por el trabajador.

6. Un día para los casos de matrimonio, accidente o enfermedad grave con hospitalización, o fallecimiento de parientes de tercer grado por consanguinidad o afinidad.

7. Un día para la inscripción en el registro de parejas de hecho.

8. Un día por traslado del domicilio habitual, acumulable al supuesto del apartado E) anterior.

El disfrute de todos los permisos recogidos en este apartado H nunca podrá exceder de cinco días al año.

II. Si en los supuestos relacionados con enfermedad o accidente grave de familiares existiera hospitalización y se establecieran entre los familiares turnos de estancia en el hospital a fin de atender al paciente, el trabajador podrá decidir el disfrute de su licencia por este concepto en días completos iniciándola en fecha posterior a la del hecho causante, siempre y cuando lo solicite en los términos a continuación establecidos y la consuma mientras perdure el mismo período de hospitalización.

En estos supuestos el trabajador tendrá derecho al mismo número de días laborables de licencia que hubiera disfrutado en el caso del normal inicio de la misma. Para eso se realizará el cálculo de días laborables que habría supuesto la licencia de comenzar su disfrute el día en que se produjo el hecho causante. El trabajador deberá comunicar y acreditar a la empresa la concurrencia del hecho causante, su intención de disfrutar la licencia en fecha posterior y señalar los días laborables que le correspondan, según el cálculo anterior, en los que disfrutará la licencia. Al término del disfrute deberá acreditar que durante los días efectivamente disfrutados como licencia concurría la situación que dio lugar al permiso.



III. A los efectos de licencias, salvo la prevista en el apartado B de este artículo, tendrán los mismos derechos las parejas de hecho siempre que las mismas estén debidamente inscritas en el correspondiente registro oficial y el trabajador aporte la certificación acreditativa de la misma.
IV. En los casos en que un trabajador tuviera derecho a disfrutar de los permisos por nacimiento, defunción, o enfermedad de familiares de primer grado y hermanos, y el sujeto causante que diera derecho a los mencionados permisos residiera en el extranjero, el trabajador podrá unir a la licencia correspondiente hasta un máximo de 10 días del periodo de vacaciones, si no estuvieran planificadas en tal fecha.

V. A los efectos del presente artículo se entenderá que existe desplazamiento cuando el trabajador tuviere que recorrer más de 150 km, entre su residencia habitual y el lugar de destino.

VI. El trabajador deberá avisar con la mayor antelación posible a su mando inmediato al objeto de adoptar las medidas necesarias y facilitarle la oportuna licencia y presentar justificación fehaciente del motivo alegado para el disfrute de la licencia concedida o a conceder.


DENUNCIAS A INSPECCIÓN DE TRABAJO

Desde la Sección Sindical de LAB  hemos denunciado en Inspección de Trabajo varios problemas con los que tenemos que trabajar a diario. Entre ellos, los más significativos son los siguientes:

· La altura de los palets superior a lo marcado por la ley.
· El lamentable estado de las sillas en la línea de cajas.
·  El derecho que tenemos a recibir un uniforme anual .




Informatzen Maiatza 2013

Publicado en el BOE el Convenio del Grupo Champion

domingo, 12 de mayo de 2013

El pasado 10 de Mayo se publicó en el BOE el nuevo convenio del Grupo Champion  para los años 2013-2015, firmado por los sindicatos CCOO y FETICO.

Las vacaciones se disfrutaran en dos periodos, uno de 21 días y otro de 10 días  a lo largo de todo el año, se acabo la obligación de que el periodo de 21 días fuera en los meses de verano, también nos quitan la bolsa de vacaciones.


El salario para el año 2013 incrementará un 2,35% (inferior al IPC del año anterior). Este incremento se aplicará sobre los salarios del año 2010 (nuestro salario está congelado desde ese mismo año) y se hará efectivo a partir del 1 de julio del presente año. Hasta aquí bien. Incluso parece algo positivo. Pero en realidad no nos suben el sueldo un mísero céntimo.  Ello es debido a que la jornada anual también aumenta un 2,35%. De este modo, la hora ordinaría queda exactamente igual: 6,78 €/hora. Finalmente nos han vuelto a congelar el sueldo aunque intenten maquillarlo.



Se acabó la compensación por trabajar los domingos y festivos. Afortunadamente, aquí, en Euskal Herria, hemos conseguido que aún no se abran estos días. Ahora bien, si se diera el caso, nos veríamos obligados a trabajarlos sin compensación alguna. Es más, todos aquellos trabajadores y trabajadoras que a causa de su contrato no estuvieran sujetos a la obligación de trabajar estos días, quedarán con el nuevo convenio sin este derecho.    



Gracias a los intereses de los sindicatos CCOO y FETICO, podemos disfrutar de este nuevo convenio. Si antes las diferencias salariales y las condiciones sociales respecto al resto de convenios del sector, ya de por sí precario, eran grandes, ahora son abismales. Continuamos con el salario más bajo y la jornada más amplia. Además de esto, ahora también tendremos la jornada más flexible y las peores vacaciones. Y sin embargo, ¿es Carrefour la empresa del sector con menos beneficios? Pues no. Al contrario, se está forrando a nuestra cuenta. 371 millones de euros es el beneficio total del último año registrado, siendo de este modo la empresa que más gana en su sector.

Desde LAB, como siempre lo hemos reivindicando, exigimos nuestro marco propio de negociación para Euskal Herria, donde se refleja la realidad de nuestro ámbito. Cada año nos dan más razones para ello.  



Convenio Grupo Champion 2013-2015

La huelga del 30 de mayo, además de ser una respuesta rotunda y un acto de desobediencia y compromiso, será un impulso decisivo al proceso social ya iniciado

jueves, 9 de mayo de 2013


 


La lucha sí ha dado sus frutos. Desde el comienzo de la crisis Euskal Herria ha venido contestando. Hemos respondido a la serie de ataques que se nos vienen imponiendo, incluso con varias huelgas generales, y lo más imporante, día a día, en empresas, en sectores y en la calle.

Los gobiernos de Iruñea y de Gasteiz saben que en Euskal Herria no pueden hacer ni todos los recortes ni todas las privatizaciones que se les antojen. El gobierno de Nafarroa, ahogado en su propia corrupción y en la soledad más absoluta; el de Gasteiz que ha tenido que retirar sus presupuestos que recortaban 1.200 millones de euros. A causa de su ruptura absoluta con la sociedad y de su falta de credibilidad son gobiernos en crisis. Y esto es fruto, también, de la presión ejercida por la sociedad.

También la patronal se las prometía muy felices con la reforma laboral que le regalaron en Madrid. Y, sin embargo, la lucha que estamos llevando a cabo en empresas y sectores ha dado sus frutos: estamos blindando nuestros convenios ante esa reforma laboral. Esta huelga tiene que servir para dar un impulso también a esa lucha. Queremos construir otro modelo, pero otro modelo social y laboral es imposible sin instrumentos como la negociación colectiva, y no hay modelo posible sin derechos laborales.

La situación de emergencia social nos obliga a dar una respuesta contundente

Los niveles de desempleo son insostenibles e inaceptables, y cada vez más gente no recibe ningún tipo de prestación; continúan en sus políticas de privatizaciones, tanto desde Madrid, como desde Iruñea y Gasteiz; es toda una estrategia de empobrecimiento, con los salarios, las pensiones y la protección social en el punto de mira.

Ante todos los ataques que llegan de Madrid, hacen caso omiso a lo que reclama la sociedad de Euskal Herria y se alinean con el capital. Dicen, a veces, que están obligados a ello, pero otras muchas, como en la próxima reforma de las pensiones, tanto UPN como PNV dan su pleno apoyo.

Todas esas políticas tienen como objetivo enriquecer aún más a unos pocos y son las que nos han traído a esta situación de emergencia: no es fruto de la crisis, sino consecuencia directa de las políticas que se están aplicando con excusa de la crisis. Nos están llevando a la ruina y lo saben. Tenemos que obligar a que cambien las prioridades de los gobiernos de Euskal Herria: de los intereses de la banca y las grandes mutinacionales –o el provecho personal, como en el caso escandaloso de UPN- a la mayoría social trabajadora.

Más que una respuesta

Debemos dar la respuesta más contundente que esté en nuestra mano y ésa es la huelga general. Hemos respondido hasta el momento y ha tenido sus frutos, pero no es suficiente. Por eso, debemos poner en marcha todo un plan, un plan para aunar fuerzas, para unir y activar a toda la sociedad y para construir la alternativa entre todas y todos.

No queremos volver a tiempos pasados. Necesitamos un verdadero cambio social en Euskal Herria y entre todas y todos tenemos que decidir en qué debe basarse ese cambio. Necesitamos una alternativa que deje de mirar al desastre al que nos aboca Madrid y que se base en las decisiones que tomemos aquí la mayoría social trabajadora de nuestro pueblo.

Va a ser un proceso social que dé la vuelta a la situación y como primer paso vamos a, entre todas y todos, conformar la carta social de Euskal Herria. Y esta huelga, además de ser una respuesta rotunda y un acto de desobediencia y compromiso, será un impulso decisivo a este proceso social.

30 de Mayo Huelga general!