Carrefour Market: Inventario General, 5 de Octubre. Derechos de los trabajadores/as

domingo, 25 de septiembre de 2011
Desde la Sección Sindical de LAB os queremos informar de la reunión mantenida con la empresa el día 15 de septiembre para tratar como único tema el inventario general del 5 de octubre de 2011.

Por parte de Carrefour Market se nos comunicó que la empresa hará uso de la “bolsa de horas” que tiene cada trabajador o trabajadora para la realización del inventario general del próximo día 5 de octubre, como así lo establece el artículo 18 del Convenio de Empresa.

Desde LAB respondimos que tras la negociación y firma del último Convenio, es cierto que pueden aprovecharse de esta “bolsa” para realizar los inventarios, no pagándola como horas extraordinarias, pero informamos que el propio Convenio, en su artículo 10.5, dicta:un trabajador o trabajadora a tiempo parcial, en caso de turno partido, no podrá tener una interrupción superior a 4 horas. Las partes de jornada anterior y posterior al descanso no serán de tiempo inferior a la duración del mismo”.

Como ya sabéis el conteo del inventario se realizará, a partir, aproximadamente, de las 9 de la noche. Por lo tanto, aquellos trabajadores o trabajadoras a tiempo parcial que tuvieran que venir a realizar el conteo de este inventario, tienen que tener en cuenta que no puede haber una interrupción de más de 4 horas en su jornada, que en este inventario es posible que se dé.

También informamos que en los casos de aquellos trabajadores y trabajadoras que realicen su labor en las secciones de frescos (pescadería, charcutería, carnicería, panadería y frutería), el Convenio, en su artículo 20.IV, dice lo siguiente: “en aquellos departamentos, que por las características de sus productos, efectúen inventarios con mayor periodicidad, como la sección de productos perecederos, no alcanzará a más de 12 días al año” .

Además, según el Acta de la Comisión Paritaria del día 17 de junio de 2009, un trabajador o trabajadora no podrá realizar más de 12 inventarios anuales.

En conclusión, todos los trabajadores y trabajadoras de las secciones de frescos tienen que tener en cuenta dos cosas: no podrán realizar más de 12 inventarios anuales, ni tampoco la empresa podrá obligarles a variar el horario de trabajo o prolongar su jornada más de 12 días al año.

Por último, recordamos a la empresa que todas las horas trabajadas a partir de las 10 de la noche, tendrán que ser pagadas con una retribución del 25% sobre la hora ordinaria, en concepto de nocturnidad.

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